viernes, 30 de mayo de 2008

Seguros obligatorios al firmar una hipoteca

Al constituir una hipoteca sobre la vivienda que compra, la ley obliga a suscribir un seguro que cubra el riesgo de incendio de dicha vivienda.

Es recomendable ampliar el seguro a un multirriesgo con mayores coberturas, evitando tener que asumir gastos imprevistos.

El seguro de fallecimiento o de amortización del préstamo en caso de fallecimiento (y/o invalidez) no es obligatorio, pero puede resultar conveniente: en caso de fallecimiento de cualquiera de los titulares, la compañía de seguros se encarga de cancelar el capital pendiente del préstamo o una parte del mismo (en función de importe asegurado).

Tú eliges la compañía para contratar los seguros.

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